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Perfil del contratante

Introducción

Denominación y domicilio social

Unidad Alimentaria de Valladolid, S.A. (MERCAOLID)

CIF: A-47367388

Avda. del Euro, nº 24

47009-Valladolid

Teléfono: 983 36 08 80

E-mail: mercaolid@mercaolid.es

Página web: www.mercaolid.es

      Perfil del Contratante Plataforma de Contratación del Sector Público

.Objeto Social

→ La promoción, construcción y gestión en régimen de concesión administrativa de los mercados mayoristas de frutas, hortalizas y pescados así como de las actividades complementarias que sean convenientes para la mejor eficacia del servicio y atención a los ciudadanos.

→ La promoción e implantación, en terrenos de la Sociedad de actividades, instalaciones y servicios de todo tipo para la mejora y modernización de la distribución.

→ El mejoramiento, en todos los órdenes, del ciclo de comercialización de los productos alimenticios.

→ La explotación de recursos energéticos de todo tipo, incluso la promoción, proyecto construcción y explotación de instalaciones para la producción de energía eléctrica en régimen especial, en general, y en particular la promoción, construcción, explotación y arrendamiento de instalaciones de energía solar fotovoltaica conectadas a red destinadas a la generación y venta de la energía eléctrica producida.

Las actividades descritas las podrá desarrollar la Sociedad, o por cualquier otro medio de gestión compartida con terceros, como Agrupaciones Temporales de Empresa, Uniones Temporales de Empresa (UTE), incluso formando parte de otras Sociedades, Cooperativas, Juntas de Compensación y entidades, que tengan objeto idéntico o análogo, y siempre que cuente con las preceptivas autorizaciones y las referidas actividades sean desarrolladas por personal con las titulaciones profesionales que sean requeridas en su caso.

.Naturaleza jurídica

Unidad Alimentaria de Valladolid S.A. (MERCAOLID), es una Sociedad del sector público local, sometida al régimen de contratación que establece la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante LCSP), para entidades que no tienen carácter de poder adjudicador (Título II del Libro III).

La adjudicación de los contratos que celebre Unidad Alimentaria de Valladolid S.A. (MERCAOLID), se ajustará a las Instrucciones Internas de Contratación que se insertan en el Perfil del Contratante y que, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 321 de la LCSP, garantizan la aplicación de los principios de igualdad, no discriminación, transparencia, publicidad y libre concurrencia.

Los contratos que celebre Unidad Alimentaria de Valladolid S.A. (MERCAOLID), tendrán siempre la consideración de contratos privados, conforme al Art. 26.1 de la LCSP.

Será competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo, resolver las controversias que surjan respecto de las actuaciones relativas a la preparación y adjudicación de los contratos de entidades del sector público, que no tengan el carácter de poder adjudicador, conforme al Art. 27.1.d) de la LCSP, y en consecuencia, los actos de preparación y adjudicación de los procedimientos de contratación de MERCAOLID, sujetos a la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP), podrán ser objeto de recurso de conformidad con lo dispuesto en el Art. 321.5 de la LCSP, y de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; así como de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Será competencia del orden jurisdiccional civil, resolver las controversias que surjan respecto de las cuestiones referidas a los efectos y extinción de los contratos que celebren las entidades del sector público, que no tengan el carácter de poderes adjudicadores, conforme al Art. 27.2.b) de la LCSP.


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